Liquidación de sueldosCargas sociales, recibos y legajos para empresas de cualquier rubro
Liquidamos los haberes de tu equipo según su convenio, declaramos las cargas sociales todos los meses, emitimos los recibos con el nuevo modelo obligatorio y armamos los legajos completos de cada empleado.
Todo lo que implica tener empleados, resuelto
Vos te ocupás de tu negocio; nosotros, de que cada sueldo esté bien liquidado y cada empleado bien registrado.
Cargas sociales
Aportes y contribuciones liquidados y declarados cada mes en el F.931.
Recibos de sueldo
Recibos con el nuevo modelo obligatorio, según el convenio de cada rubro.
Legajos completos
Toda la documentación de cada empleado ordenada y lista ante una inspección.
Altas y bajas
Registración en tiempo y forma, liquidaciones finales y certificados.
El nuevo recibo de sueldo, explicado
Con la Ley 27.802 de Modernización Laboral y el Decreto 407/2026, todos los empleadores deben usar un modelo único de recibo que muestra cuánto cuesta realmente cada puesto de trabajo. Nosotros ya lo emitimos.
- 1Datos del empleador y del trabajadorEmpresa, CUIT, legajo, CUIL, categoría, fecha de ingreso, lugar y fecha de pago de aportes.
- 2Costo total del empleadorContribuciones patronales desagregadas: jubilación, obra social, ART, seguro de vida y conceptos del convenio.
- 3Sueldo bruto y descuentosConceptos remunerativos y no remunerativos, y los aportes que se retienen al trabajador.
- 4Sueldo netoLo que efectivamente cobra el trabajador, leído en cascada desde el costo total.
- 5Gráfico de composiciónObligatorio: muestra cuánto del costo laboral va a cada destino.
Modelo de referencia: Anexo III del Decreto 407/2026. Obligatorio desde el 1 de junio de 2026.
Servicios de sueldos y laborales
Tocá cada servicio para ver en detalle qué incluye.
Liquidación mensual de haberes
Sueldos calculados según el convenio colectivo de cada rubro.
Liquidación mensual de haberes
Sueldos calculados según el convenio colectivo de cada rubro.
- Básicos, adicionales por antigüedad, presentismo y horas extras.
- Vacaciones, licencias y ausencias.
- Aguinaldo (SAC) de junio y diciembre.
- Conceptos remunerativos y no remunerativos bien diferenciados.
- Comercio, construcción, gastronomía, rurales, transporte y otros convenios.
Cargas sociales y F.931
Aportes y contribuciones declarados y pagados en término.
Cargas sociales y F.931
Aportes y contribuciones declarados y pagados en término.
- Libro de Sueldos Digital en ARCA.
- Declaración jurada F.931 y volante de pago.
- Contribuciones patronales, ART y seguro de vida obligatorio.
- Aportes y contribuciones sindicales y de cámaras según convenio.
- Control de reducciones y beneficios vigentes en contribuciones.
Nuevo recibo de sueldo
Recibos adaptados a la Ley 27.802 y al Decreto 407/2026.
Nuevo recibo de sueldo
Recibos adaptados a la Ley 27.802 y al Decreto 407/2026.
- Modelo único con las cuatro secciones obligatorias.
- Costo laboral total y gráfico de composición.
- Recibos digitales con firma electrónica o constancia de entrega.
- Fecha, período y banco del último depósito de aportes.
- Archivo ordenado de todos los recibos emitidos.
Legajos completos
La carpeta de cada empleado, lista para una inspección.
Legajos completos
La carpeta de cada empleado, lista para una inspección.
- DNI, CUIL, domicilio y datos familiares.
- Constancia de alta y contrato de trabajo.
- Examen preocupacional y afiliación a la ART.
- Notificaciones de vacaciones, sanciones y cambios de categoría.
- Recibos firmados y certificados emitidos.
Altas, bajas y modificaciones
Registración correcta en el sistema de ARCA.
Altas, bajas y modificaciones
Registración correcta en el sistema de ARCA.
- Alta antes del inicio de la relación laboral.
- Modificaciones de categoría, jornada y obra social.
- Bajas con la causa correspondiente.
- Alta y baja de la ART y del seguro de vida.
- Consultas y reclamos de los trabajadores sobre su registración.
Liquidaciones finales
Egresos calculados sin errores ni sorpresas.
Liquidaciones finales
Egresos calculados sin errores ni sorpresas.
- Renuncias, despidos y mutuos acuerdos.
- Indemnización, preaviso e integración del mes.
- Vacaciones y aguinaldo proporcionales.
- Certificado de trabajo del artículo 80 de la LCT.
- Seguimiento del nuevo Fondo de Asistencia Laboral a medida que se reglamenta.
Ganancias de los empleados
Retenciones de cuarta categoría cuando corresponden.
Ganancias de los empleados
Retenciones de cuarta categoría cuando corresponden.
- Control del formulario de deducciones (SIRADIG) de cada empleado.
- Retenciones mensuales en el recibo.
- Liquidación anual y final.
- Certificados de retenciones.
- Asesoramiento al trabajador sobre sus deducciones.
Convenios y paritarias
Escalas salariales siempre actualizadas.
Convenios y paritarias
Escalas salariales siempre actualizadas.
- Identificación del convenio aplicable a tu actividad.
- Actualización de escalas por cada acuerdo paritario.
- Sumas no remunerativas y su incorporación al básico.
- Asesoramiento ante inspecciones laborales nacionales y provinciales.
- Respuesta a intimaciones y reclamos laborales.
Personal de casas particulares
Empleadas y empleados domésticos registrados correctamente.
Personal de casas particulares
Empleadas y empleados domésticos registrados correctamente.
- Alta y baja del trabajador de casas particulares.
- Categorías y escalas del régimen especial.
- Pago de aportes y ART.
- Recibos de sueldo del régimen.
- Aguinaldo, vacaciones y liquidación final.
Las obligaciones de todo empleador, y cuándo cumplirlas
Un resumen de los plazos principales. Nosotros llevamos el calendario por vos.
| Obligación del empleador | Cuándo |
|---|---|
| Alta del trabajador | Antes de que empiece a trabajar |
| Pago de haberes mensuales | Dentro de los 4 días hábiles del vencimiento del mes |
| Recibo de sueldo (modelo Decreto 407/2026) | Con cada pago |
| Libro de Sueldos Digital y F.931 | Todos los meses |
| Aguinaldo (SAC) | En junio y en diciembre |
| Aviso de vacaciones | Con 45 días de anticipación |
| Certificado de trabajo (art. 80 LCT) | Al terminar la relación laboral |
Información general según la Ley de Contrato de Trabajo y la normativa vigente. Cada convenio colectivo puede fijar condiciones propias.
Tus sueldos en orden, en cuatro pasos
Relevamiento
Revisamos tu nómina, el convenio aplicable, las registraciones y los legajos existentes.
Regularización
Corregimos altas, categorías y documentación faltante antes de que se conviertan en un problema.
Liquidación mensual
Recibís los recibos listos para firmar, el F.931 presentado y los volantes de pago a tiempo.
Acompañamiento
Te asesoramos en ingresos, egresos, paritarias e inspecciones durante todo el año.
Un área de sueldos dedicada a tu empresa
- Contadores matriculadosUn equipo dedicado a la liquidación de sueldos, bajo la supervisión del Cr. César Javier Sosa, M.P. 1578 del CPCEF.
- Al día con la reforma laboralYa aplicamos el nuevo recibo y seguimos cada reglamentación de la Ley 27.802.
- Cualquier rubro y convenioComercio, construcción, gastronomía, rurales, transporte y casas particulares.
- 5,0 en GoogleMás de 50 clientes nos calificaron con 5 estrellas.
Lo que más nos consultan sobre sueldos
¿Qué cambió en el recibo de sueldo en 2026?
Desde el 1 de junio de 2026 rige el modelo único de recibo aprobado por el Decreto 407/2026, que reglamenta la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Debe mostrar el costo laboral total del empleador, con las contribuciones desagregadas y un gráfico de composición, además del bruto, los descuentos y el neto.
¿El recibo puede ser digital?
Sí. Se puede emitir y entregar en forma digital, pero hay que poder acreditar la entrega, por ejemplo con firma digital o electrónica. Te ayudamos a implementarlo.
¿Qué pasa si no registro a un empleado?
El trabajo no registrado expone a la empresa a multas, reclamos e indemnizaciones agravadas. El alta debe hacerse antes de que la persona empiece a trabajar.
¿Qué documentación debe tener el legajo?
Datos personales, constancia de alta, contrato, examen preocupacional, afiliación a la ART, notificaciones y recibos firmados, entre otros. Armamos el legajo completo y lo mantenemos actualizado.
¿Liquidan sueldos de cualquier rubro?
Sí. Trabajamos con los convenios de comercio, construcción, gastronomía, actividades rurales, transporte y otros, y con el régimen de casas particulares.
¿Qué necesito para empezar?
Tu CUIT, la clave fiscal con el servicio de sueldos habilitado, la nómina de empleados y el convenio que aplicás. Con eso relevamos tu situación y ordenamos lo pendiente.
¿Tenés empleados o vas a contratar?
Escribinos y coordinamos una reunión en José María Uriburu 609, Piso 1° Of. 2, Barrio San Martín, Formosa.
